sábado, 4 de octubre de 2014

Caseros vs. inquilinos. ¿Quién tiene que pagar qué?


Una vez decididos a alquilar, firmar el  Contrato de alquiler contrato del alquiler  es el primer paso y el más importante para ahorrarnos problemas y malentendidos sobre quién tiene que pagar qué, una vez entremos a vivir.

Imaginemos que vives en un  piso alquilado  y se te ha roto el calentador de agua. Uno nuevo cuesta una media de 200€ y claro, quieres saber si te toca pagarlo a ti o al propietario del piso. Te orientamos:

El contrato manda:

El artículo 21 de la Ley 29/1994 de Arrendamientos Urbanos, indica claramente que arrendador y arrendatario pueden pactar cómo dividir las cargas y responsabilidades derivadas del inmueble. Así que presta atención y si vas a firmar un contrato de alquiler, fíjate bien en las cláusulas propuestas por el propietario y negócialas.
En términos generales, el casero paga el IBI, la comunidad de vecinos, la tasa de basuras, el seguro de la casa y seguros de mantenimiento (caldera…). Y el inquilino paga todo lo que puede medirse con contadores individuales como el agua, la luz, el gas o el teléfono.
En caso de averías y desperfectos:
El artículo 21 de la misma ley dice claramente que: “el propietario está obligado a realizar, sin derecho a elevar por ello la renta, todas las reparaciones que sean necesarias para conservar la vivienda en las condiciones de habitabilidad para servir al uso convenido (…).”

Por lo tanto:

El inquilino es el que tiene que pagar los daños que él o sus visitas causen a la vivienda alquilada (por ejemplo: mobiliario roto por mal uso). También son responsabilidad del inquilino los pequeños gastos derivados del uso cotidiano: cambiar una bombilla, arreglar la cadena del baño o la correa de la persiana, etc.
El propietario es el que debe pagar las averías en la instalación eléctrica, cañerías o de los grandes  electrodomésticos como la lavadora, la nevera o la caldera, etc. Solo se libra de esto si se demuestra que la culpa ha sido del inquilino.

Nuestro consejo:
Si eres casero, te aconsejamos que contrates un buen seguro de hogar que te cubra bien las espaldas ante cualquier avería.

Si eres inquilino, y dado que el contrato es lo que manda, te aconsejamos que te asegures de negociar bien todas esas cláusulas que te puedan comprometer en caso de una avería o desperfecto en la vivienda.

Info: apicat.

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