Una vez decididos a alquilar, firmar el Contrato de alquiler contrato del alquiler es el primer paso y el más
importante para ahorrarnos problemas y malentendidos sobre quién tiene que
pagar qué, una vez entremos a vivir.
Imaginemos que vives en un piso alquilado y se te ha roto el calentador de agua. Uno
nuevo cuesta una media de 200€ y claro, quieres saber si te toca pagarlo a ti o
al propietario del piso. Te orientamos:
El
contrato manda:
El
artículo 21 de la Ley 29/1994 de Arrendamientos Urbanos, indica claramente que arrendador y arrendatario pueden pactar cómo dividir las cargas y
responsabilidades derivadas del inmueble. Así que presta atención y si vas a
firmar un contrato de alquiler, fíjate bien en las cláusulas propuestas por el
propietario y negócialas.
En
términos generales, el casero paga el IBI, la comunidad de vecinos, la tasa de
basuras, el seguro de la casa y seguros de mantenimiento (caldera…). Y el
inquilino paga todo lo que puede medirse con contadores individuales como el
agua, la luz, el gas o el teléfono.
En
caso de averías y desperfectos:
El
artículo 21 de la misma ley dice
claramente que: “el propietario está obligado a realizar, sin derecho a elevar
por ello la renta, todas las reparaciones que sean necesarias para conservar la
vivienda en las condiciones de habitabilidad para servir al uso convenido (…).”
Por
lo tanto:
El
inquilino es el que tiene que pagar los daños que él o sus visitas causen a la
vivienda alquilada
(por ejemplo: mobiliario roto por mal uso). También son responsabilidad del
inquilino los pequeños gastos derivados
del uso cotidiano: cambiar una bombilla, arreglar la
cadena del baño o la correa de la persiana, etc.
El
propietario es
el que debe pagar las averías en la
instalación eléctrica, cañerías o de los grandes electrodomésticos
como la lavadora, la nevera o la caldera, etc. Solo se libra de esto si se
demuestra que la culpa ha sido del inquilino.
Nuestro
consejo:
Si
eres casero, te aconsejamos que contrates un buen seguro de hogar que te cubra bien las espaldas ante
cualquier avería.
Si
eres inquilino, y dado que el contrato es lo que manda, te aconsejamos que te
asegures de negociar bien todas esas
cláusulas que
te puedan comprometer en caso de una avería o desperfecto en la vivienda.
Info: apicat.
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