A veces pasa que heredas un inmueble y tu lo quiere vender y, los otros herederos
no lo quieren vender. La pregunta que se surge es ¿Y qué
hago?
Pongamos un ejemplo, tu y tus hermanos heredáis
un piso de vuestro padres, legalmente tenéis un “condominio”,
una Comunidad de Bienes según haya reflejado vuestra herencia.
Durante el tiempo que empleáis en poneros de acuerdo en si vender ¿o no?, si
esto es lo que vale ¿o no?, si se lo queda uno ¿o el otro?, todos los gastos del
piso son soportados según el porcentaje de propiedad
¿Y que pasa sino nos ponemos de acuerdo en la
venta? Si uno de los “propietarios – comuneros” se niega la venta, no se puede
vender. Pero cualquier de los “comuneros” puede pedir la
disolución de la Comunidad de Bienes, es
decir, solicitar mediante demanda judicial la subasta pública y el fin del
condominio y, su que el dinero sea repartido según porcentaje de propiedad, eso
sí, descontado cualquier pago pendiente de gastos de mantenimiento o impuestos
del piso.
De nuevo mi consejo, ponte en manos de
un Agente de la Propiedad Inmobiliaria (API) , que os pueda ayudar con la
valoración del piso, que os asesore en todo el procedimiento y pueda ser mediador entre los “comuneros”, ya que
la opción de llegar a la subasta pública es la peor de las soluciones, a parte
de los gastos de abogado y procurador, tasas judiciales , que habrá que adelantar, seguro que
siempre se adjudicará en un valor inferior al que se obtendría en una
compraventa en el mercado actual, por eso será siempre mejor llegar a un acuerdo
entre los comunero para proceder a su venta, o que en el precio pactado para la
venta, le interese a un de ellos y…. listo el problema.
Acude a tu API de confianza y el se encargara de valorar la vivienda, de realizar los repartos, de valorar fiscalmente la vivienda a efectos de ITP, de realizar la venta con plena garantía jurídica, de la gestion notarial y registral, de asesorarle a efectos de la ganancia patrimonial en el IRPF, de la plusvalía municipal...etc. De todo... con plena seguridad.
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